Villa María en el centro de la resistencia jurídica a la reforma laboral
Desde Villa María se escribió una de las páginas más importantes de la resistencia jurídica a la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei. La presidenta del Colegio de Abogados de Villa María, Itatí Demarchi Arballo (también fundadora de Abogacía Transformadora, el espacio que nuclea a abogados y abogadas de todo el país) fue la cara visible y el motor institucional detrás de una acción colectiva sin precedentes: una medida cautelar autónoma presentada ante el fuero Contencioso Administrativo Federal, respaldada por 29 colegios de todo el país, que busca suspender la aplicación de los artículos 20 y 277 de la Ley de Contrato de Trabajo modificada en febrero de este año.
No es un detalle menor que haya sido Villa María la que tomó la posta. Mientras las grandes estructuras nacionales aún procesan el impacto de la nueva normativa, fue la institución villamariense la que salió a tejer consensos de norte a sur del país. El resultado habla por sí solo: firmaron colegios de Ushuaia, Jujuy, Misiones, Salta, Santa Fe, Chaco, Corrientes, Río Negro, Neuquén, La Pampa y múltiples circunscripciones de la provincia de Córdoba, entre otros.
Lo que está en juego
La cautelar apunta directamente contra dos modificaciones que los abogados laboralistas consideran una amenaza al libre ejercicio profesional. El artículo 20 de la nueva ley habilita el pago en cuotas de los honorarios profesionales en los juicios laborales, una medida que vulnera, según la presentación, el carácter alimentario del crédito profesional. En términos simples: el abogado que gana un juicio podría ver sus honorarios fraccionados en cuotas, una modalidad que no existe en ningún otro fuero del país y que desnaturaliza la retribución por el trabajo realizado.
El artículo 277, por su parte, introduce una responsabilidad solidaria del abogado cuando el monto reclamado en una demanda resulte superior a lo que finalmente reconoce la sentencia. Lo novedoso y polémico del artículo es que objetiviza esa sanción: ya no hace falta demostrar que el abogado actuó con temeridad o malicia, alcanza con que el juez considere que se reclamó de más, aunque en el camino del proceso hayan desaparecido testigos, fallecido declarantes clave o variado las condiciones probatorias.
La voz de Villa María
Demarchi Arballo fue directa al explicar el espíritu de la acción. “Queremos ser la colegiación en la que confías”, afirmó la presidenta, y remarcó que esa presencia no es retórica sino concreta: “Una acción que implicó que primero sea colectiva, que además sea cautelar, que pida la suspensión de esos artículos que dañan el ejercicio profesional”.
Para la dirigente villamariense, la norma tiene una intención clara: “Hay una intención disuasoria, una intención de hostigar el ejercicio profesional, de atacar el libre ejercicio de la profesión y en el caso de los honorarios de ir en contra del crédito alimentario”. Y fue contundente al trazar la línea política de la acción: “Como creemos que sin honorarios no hay justicia, creemos en una colegiación presente, creemos en una colegiación que no se calle”.
Destacó además que la convocatoria superó las expectativas: ya son 35 los colegios involucrados (los 30 que firmaron originalmente más seis que solicitaron adherirse en los días posteriores) lo que convierte a esta iniciativa en una de las más amplias y federales de la historia reciente de la abogacía argentina.
Córdoba, presente
La dimensión provincial de la acción también es significativa. Además del Colegio de Villa María, firmaron la cautelar los de Laboulaye, Villa Dolores, Cruz del Eje, Río Cuarto, San Francisco, Bell Ville, Dean Funes, Río Tercero y Córdoba Capital, entre otros. La Cuarta Circunscripción Judicial fue, en este escenario, mucho más que una circunscripción del interior: fue la usina política y jurídica de una respuesta que hoy tiene alcance nacional.
La presentación ingresó al fuero Contencioso Administrativo Federal con el patrocinio del abogado Alberto Spota y solicitó, además de la suspensión de los artículos cuestionados, que se declare la inconstitucionalidad de ciertas normas procesales que podrían dilatar la resolución de la cautelar, blindando así la acción frente a las herramientas con las que cuenta el Estado para estirar los tiempos judiciales.
Sin honorarios, no hay justicia. Sin defensa técnica libre, no hay Estado de Derecho. Esa es la consigna que, desde Villa María, hoy recorre el país.
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