Nacional Por: Redacción Alfil 09 de mayo de 2024

Qué implica el RGI que busca promover inversiones y genera resistencias

En el debate en el Senado por el proyecto de ley Bases volvieron a aparecer planteos. La UIA señala que se deben contemplar a las Pymes, que hay que “cuidar” a los proveedores locales. La defendió Manuel Adorni.

El “Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones” (RGI) vuelve a generar tensiones en el debate en comisiones del proyecto de ley Bases en el Senado. La iniciativa presenta beneficios impositivos, aduaneros y cambiarios para fomentar la llegada de inversiones al país; las objeciones están enfocadas en porqué no se baja el monto mínimo que está fijado en US$200 millones. Si el Poder Ejecutivo quisiera puede elevarlo pero, en ningún caso, podría sobrepasar los US$900 millones. La resistencia de un grupo de legisladores es porque quedan afuera las Pymes.

El vocero Manuel Adorni planteó ayer: "Es difícil entender la crítica de que alguien quiera venir a invertir y se quiera llevar las ganancias”. Luego agregó: “Es interesante la discusión, plantea otra de las frases o los lemas durante tanto tiempo, el de que si te llevás las ganancias, sos un jugador. Y lo cierto es que cuando vos invertís, me puede pasar a mí, más allá de que puedo hacerme rico, vas en el medio generando riqueza”.

 En la misma línea sumó: “Eso de ‘me llevo las ganancias sin dejar nada’ no ocurre nunca. La inversión es un elemento necesario para crecer e ir combatiendo la pobreza, sería ridículo pensarlo”.

La Junta Directiva de la Unión Industrial Argentina (UIA) advirtió que el régimen a las grandes inversiones, tal como está configurado en la norma que recibió media sanción en Diputados, podría fomentar la "competencia desleal" en detrimento de los proveedores nacionales.

Remarcaron, además, la importancia de desarrollar las cadenas de valor para consolidar el entramado productivo, apalancar a las Pymes y generar empleo de calidad en todas las regiones del país. Daniel Funes de Rioja, presidente de la UIA, explicó que por ejemplo en Vaca Muerta hay cadenas de valor que son proveedoras y que son nacionales.

Los factores que analizaría la Autoridad de Aplicación del RIGI para autorizar el otorgamiento de beneficios a un proyecto puntual incluyen objetivos a cumplir y una serie de requisitos. Entre las metas, el proyecto de Ley Bases enumera la de “incrementar exportaciones” y “favorecer creación de empleo”. Entre los requisitos, además del monto mínimo de inversión, establece que los titulares de los proyectos pueden ser sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, sucursales establecidas por sociedades constituidas en el extranjero o uniones transitorias de empresas.

Excluye de la posibilidad de adherir a este régimen a quienes hayan sido condenados, con sentencia firme en segunda instancia, por cohecho, enriquecimiento ilícito o negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública; los declarados en quiebra y quienes tengan deudas firmes, exigibles e impagas de carácter fiscal, aduanero o previsional.

El régimen propone incentivos en materia impositiva, aduanera y cambiaria. En el área impositiva, las excepciones descriptas en el proyecto Ley Bases mencionan al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a las Ganancias. En relación con el IVA, estipularía una devolución de saldos a favor del titular de la inversión no superior a tres meses. En caso de que ese lapso se incumpliera, podría transferir dicho saldo a favor a cualquier tercero en concepto de algún pago.

Vinculado al impuesto a las Ganancias, los proyectos tendrán un gravamen del 25% sin aplicar ninguna escala. Es decir, no llegarían a tributar el 35% que prevé la escala más alta. A su vez, sobre la ganancia neta acumulada pagarían el 7% y después de siete años, esa alícuota bajaría al 3,5%. Además, podrían computar la totalidad de los importes pagados por impuesto a los débitos y créditos como saldo a favor en Ganancias.

A las importaciones y exportaciones, indica el proyecto Ley Bases, no pueden “aplicar cuotas, cupos, ni precios oficiales”. Incluso, exime a los titulares de los proyectos de pagar derechos de importación de bienes y servicios relacionados con la inversión. Sobre los derechos de exportación, dejarían de tributarlos después de tres años. Durante el primer año se exime de tributación el 20% del volumen exportado, durante el segundo año, el 40% y después de tres años, la totalidad.

El Ejecutivo entiende que este capítulo de la norma promueve la llegada de inversiones e impulsará el crecimiento económico y la creación de empleo. Hay constitucionalistas, como Andrés Gil Domínguez y Diego Armesto, que criticaron la posible afectación que tendría sobre la autonomía de las provincias y municipios, en virtud de las modificaciones en materia impositiva y la presunta nulidad con la que dejaría a leyes preexistentes.

Según explica el proyecto tratado por la Cámara de Diputados, los titulares de las inversiones en cuestión tendrán estos incentivos hasta la finalización del proyecto, la quiebra de la sociedad o la baja voluntaria. Un motivo que puede interrumpir la aplicación del régimen son las sanciones por parte de la Autoridad de Aplicación.

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