Municipal Por: Felipe Osman08 de abril de 2026

Mi Docta, la nueva plataforma digital de Passerini, llega al Concejo

La gestión municipal apuesta a sumar un hito: la retrasadísima llegada del expediente digital al Palacio 6 de Julio. Lo enmarcará en Mi Docta, una nueva plataforma digital, que traerá aparejados cambios en el Código de Procedimiento Administrativo y promete incorporar IA.  

Daniel Passerini ya envió al Concejo Deliberante el proyecto que creará “Mi Docta”, una nueva plataforma digital municipal que propone, como cambio central, la incorporación del expediente digital al municipio. Y, junto a él, la creación de una Base de Datos Única y la regulación de la utilización de sistemas de Inteligencia Artificial en el ámbito de la Municipalidad.

Rodeada de la pompa que habitualmente acompaña a estas iniciativas, parece importante separar la paja del trigo e identificar los cambios concretos que normativa se propone implementar.

Aunque el artículo 5 del proyecto establece que la plataforma contemplará la ejecución digital de la totalidad de los trámites que se realicen en el ámbito Municipal, el principal cambio será, con distancia, el arribo del expediente digital a la Municipalidad. Materia pendiente de, al menos, las últimas cuatro gestiones.

El artículo 15 establece que la expediente digital permitirá la tramitación de actuaciones administrativas vía web (como desde hace doce años lo hace posible, en la Provincia, el CiDi); y el 16, que el expediente digital será “de aplicación obligatoria para toda la Administración Pública Municipal, centralizada y descentralizada”, mientras que el artículo 18, lamentablemente, no busca ir más allá habilitando la vista permanente del expediente, algo que configuraría un avance significativo en agilidad y transparencia.

En cuanto a las otras aristas del proyecto, la creación del entorno digital Mi Docta establece algunos principios que regirán su implementación: Única vez y Unicidad del Dato (cada persona deberá proporcionar una única vez la información que el municipio requiera, quedando esta luego a disposición para futuras gestiones), Identidad Digital (cada vecino contará con un identidad digital única, segura y verificable para operar en el sistema), Interoperabilidad (entre distintas plataformas y bases de datos), Inclusión Digital (la plataforma debe ser accesible, intuitiva, eficiente y susceptible de ser utilizada por todas las personas, independientemente de sus capacidades), Participación Ciudadana (la plataforma debe fomentarla), e Inteligencia Artificial (incorporando herramientas de IA para eficientizar procesos administrativos).

El acceso a Mi Docta se hará mediante la identidad digital registrada y validada en el Ciudadano Digital (cuenta verificada nivel 2), y las actuaciones realizadas mediante la plataforma tendrán plena validez jurídica.

Este nuevo modelo entrará en vigencia según lo defina la autoridad de aplicación, es decir, la secretaría de Ciudad Inteligente, en la que además se delegan (muy) amplias facultades regulatorias.

Finalmente, el capítulo 7 de la iniciativa establece una serie de modificaciones al Código de Trámite Administrativo Municipal (Ordenanza 6904). Todos estos cambios redundan en la desmaterialización total del expediente, quedando atrás el papel.

Lo que extraña es que las modificaciones al Código de Procedimiento no hayan alcanzado también una significativa reducción de los plazos con que la Administración cuenta para responder a las peticiones, reclamos o recursos de los vecinos. A fin de cuentas, si de una modernización y optimización de los procedimientos administrativos se trata, la modificación debería redundar en dos efectos: en primer lugar, una mayor agilidad del procedimiento (máxime si se prevé incorporar herramientas de Inteligencia Artificial), y en segundo término, una drástica reducción de la burocracia administrativa del municipio.

Al menos en el primer borrador de nada de ellos se habla. Ni menos aún de una reformulación del artículo 69 incorporando el silencio positivo, nueva tendencia en los Códigos de Procedimiento, según la cual ante el requerimiento o reclamo de un vecino no respondido por la Municipalidad corresponde tener por concedido lo reclamado. Un giro copernicano que pondría el reloj a correr en favor del ciudadano, en lugar de convertir el paso del tiempo en un martirio para el vecino de a pie cuando de requerir algo al Estado se trata.

Dicho esto, también vale hacer eco de cierta satisfacción que, con justicia, existe en el passerinismo, que -a pesar de las deficiencias que reconoce en su gestión- se precia de estar resolviendo algunos temas que otras gestiones rehuyeron abordar, como la regulación de Uber, el pago de la deuda en dólares tomada por Mestre, y, ahora, la aparentemente inminente implementación del expediente digital.   

 

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