Nacional Por: Redacción Alfil28 de enero de 2025

Ya rige la baja de retenciones con condiciones a cumplir

Las cerealeras o empresas que adhieran deben liquidar al menos el 95% de lo declarado en 15 días hábiles. De no ser así, las retenciones que se cobran son las vigentes hasta el domingo.

La baja de retenciones se publicó este lunes en el Boletín Oficial y rige hoy hasta el 30 de junio;  alcanza a los productos exportables más importantes del campo argentino que pagarán menos derechos de exportación. Hay condiciones para acceder que están fijadas en la norma firmada por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro Luis Caputo. Las cerealeras o las empresas que vendan fuera de las fronteras argentina deberán adherirse al régimen, hacer una nueva declaración jurada con los volúmenes y luego, liquidar al menos el 95% de lo declarado en 15 días hábiles. De no ser así, las retenciones que se cobran son las vigentes hasta el domingo pasado.

La soja pasó de 33% a 26% y sus derivados de 31% a 24,5% la alícuota; el trigo de 12% a 9,5%; la cebada, de 12% a 9,5%; el sorgo, 12% a 9,5%; el maíz, de 12% a 9,5% y el girasol, que estaba en 7 puntos, pasó a 5,5. En uno de los anexos, además, se mencionan los productos de las economías regionales que pasan a cero, como el azúcar, el algodón, el cuero bovino, el tabaco, los derivados de la forestoindustria y el arroz, entre otros productos.

“Uno de los objetivos de la gestión es potenciar la inserción internacional de la Argentina, acompañada de un incremento de las exportaciones agroindustriales que hoy representan más del 60% del total exportado por el país y que en el año 2024 han mostrado una performance positiva con un crecimiento en valor superior al 25% respecto del año anterior”, dice la norma.

Además, señala que “el país se encuentra transitando efectos climáticos adversos, afectando el rendimiento de los cultivos agrícolas, que causan pérdidas en la producción agropecuaria” y que a esta adversidad se suma la baja de los precios internacionales, que “requiere de la instrumentación de políticas que permitan no solo su recuperación a corto plazo sino la mejora de su perspectiva de exportación”.

El decreto sostiene que el sector agroindustrial “constituye una de las principales fuentes de generación de divisas, de desarrollo regional y de empleo, contribuyendo al fortalecimiento de las reservas internacionales del estado nacional.

La norma dice que podrán tener una rebaja en la alícuota previa adhesión “a través de los mecanismos que establezca la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)”. Quedan todavía a completarse las reglamentaciones de ARCA y el Banco Central.

Accederán los que “liquiden al menos el 95% de las divisas respecto de esas mercaderías en un plazo comprendido entre la entrada en vigencia de la presente medida y hasta 15 días hábiles de efectuada la declaración, sea por sea por cobros de exportaciones, anticipos de liquidación, supuestos de prefinanciación o postfinanciación externa. Quienes no cumplan el requisito, deberán tributar “la alícuota del derecho de exportación que corresponda a la posición arancelaria de que se trate, vigente el día anterior al de la entrada en vigencia de la presente medida”. Es decir, liquidar en 15 días hábiles o no tener rebaja en las retenciones.

“El tratamiento arancelario establecido en el artículo 2° de esta medida será de aplicación efectiva respecto de quienes presenten las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) o bien oficialicen el permiso de embarque, según corresponda, desde la entrada en vigencia del presente decreto y hasta el 30 de junio del año 2025, inclusive”, explicita la norma.

También se establece que el 30 de junio no será necesario otro decreto para que las cosas regresen al estado anterior.

El costo fiscal de la medida alcanzará aproximadamente 800 millones de dólares, lo que equivale al 0,13% del Producto Bruto Interno (PBI), según estimaciones del economista de Analytica. Este monto representa cerca de la mitad del superávit financiero obtenido por el sector público nacional en 2024, que fue del 0,3% del PBI.

 

 

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