Río Cuarto Por: Redacción Alfil26 de noviembre de 2024

Defensoría: Ratifican que los eventos privados no deben tributar derechos de autor

A raíz de diversas consultas en la ciudad y la región, la Defensoría de Río Cuarto ratificó que los eventos de carácter privado no deben tributar a SADAIC y AADI CAPIF. El defensor del Pueblo, Daniel Frangie, señaló que el dictamen emitido por la defensoría local se corresponde con lo planteado recientemente por el Ministerio de Justicia de la Nación, que reafirmó que “no existe representación o ejecución pública cuando la misma se desarrolla en un ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal".

A fines de octubre, la Defensoría del Pueblo de Río Cuarto había comunicado su interpretación del decreto nacional vinculado al pago de derechos de autor. En aquel momento, el defensor del Pueblo, Daniel Frangie, señaló que el equipo de la defensoría interpretaba que los eventos de características privadas están excluidos del cobro de este tipo de aranceles. En ese mismo sentido, el gobierno nacional ratificó -a través del Ministerio de Justicia- que dichos eventos no deben tributar a SADAIC y AADI CAPIF.

“Los ministros firmantes manifestaron, con toda claridad, que estos eventos quedaron exceptuados. Ya no es solo nuestra postura”, señaló el ombudsman local. Frangie señaló que en la ciudad ha habido situaciones puntuales en las que se ha intentado efectuar este cobro -incluso durante el desarrollo del evento-. “Hemos tomado contacto con Defensa del Consumidor de la Provincia y no descartamos informar a la autoridad competente si esto se mantiene. En definitiva, se estaría privando a la sociedad de la aplicación de un decreto que tiene vigencia y se estaría vulnerando un derecho”, explicó el defensor.

Sobre las visitas de representantes de SADAIC a los eventos, Frangie señaló que “pueden acercarse al lugar pero el ingreso es una potestad de quien organiza, porque es un evento privado”. “No tienen poder de policía, por lo tanto no pueden clausurar una fiesta. Lo máximo que pueden hacer es labrar un acta de que se está llevando a cabo un evento pero dicha acta no traería consecuencias”, resaltó y aseguró que “no importa si es un casamiento, cumpleaños, egreso o reunión empresarial. El cobro del arancel sólo corresponde cuando el evento es de carácter público”.

El defensor del Pueblo de Río Cuarto comentó que han recibido consultas de la región e incluso de otras provincias luego del dictamen emitido por la Defensoría a fines de octubre. “Es un dictamen que ha recorrido casi todo el país. Nos lo han hecho saber también las prestadoras de servicios para fiestas o dueños de salones. A quien lo ha requerido, les hemos hecho llegar nuestro dictamen”, comentó Frangie.

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