Nuevos recortes de los días de papel Córdoba, 1893

El único ejemplar disponible de un diario cordobés de la tarde nos permite asomarnos a un puñado de notas de mayo de 1893. Mirada focal y restringida, pero no por eso menos rica, en el recorrido que nos propusimos para obtener muestras del cotidiano de esa década.

Cultura 02 de agosto de 2023 Gabriel Ábalos Gabriel Ábalos
Lucha contra el fuego
Un fuego con posible causa en la mala fe.

Por Víctor Ramés
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El Sol de Mayo había aparecido en 1879 y el ejemplar del viernes 5 de Mayo de 1893 disponible en biblioteca manifestaba sostener “los principios de la Unión Cívica Radical”. Su imprenta se hallaba ubicada en la segunda cuadra de la calle Lima.
Allí se encuentran noticias sobre servicios públicos, algunos hechos de no mayor trascendencia -a no ser por la perspectiva de los años y de la historia-, y referencias a ciertas ordenanzas municipales, policiales o de justicia, todos asuntos que encuadraban el desarrollo de la vida social. 

Ejemplo de esto es el caso del incendio en una tienda, y la mirada que se desviaba de la simple desgracia cotidiana para fijarse particularmente en los aspectos y derivaciones de un hecho probablemente doloso:
El incendio de anoche – He aquí los datos acerca del incendio producido en la «Tienda del Tigre» del Sr. Brack, nos ha facilitado galantemente el Sr. Cordeiro.
A las 12 de la noche próximamente, el vigilante de facción notó que salía bastante humo por los postigos de la puerta. Inmediatamente dio aviso, reuniéndose a los pocos momentos, varios agentes de policía. Golpearon la puerta, y como nadie contestara, y constatándose el incendio por las llamas que ya empezaban a salir, decidieron echar la puerta abajo, como efectivamente lo hicieron.
Entonces vieron que las llamas partían del fondo de la tienda, y que las partes de adelante aún permanecían intactas.
Procedióse a sacar los mostradores y algunas mercaderías, al mismo tiempo que se intentaba extinguir el fuego, lo que se consiguió después de un rato de poderosos esfuerzos.”
Siguen un par de párrafos ilegibles, debido a una rotura y pegatina de la página. El texto continúa así: “…la lámpara se ha encontrado en su puesto y apagada, por lo que se comprende que no puede ser esa la causa que lo haya producido.
Además, el fuego parece que ha principiado por dos puntos simultáneamente, pues el escritorio, que se encuentra dividido de la tienda tan solo por un delgado tabique formado por una cortina corrediza de tela también ha sufrido los efectos del voraz elemento.
El fuego no ha quemado la cortina, empezando de nuevo al otro lado, y es por esto que se supone que se haya producido en dos partes.
Algunos papeles a medio quemar y un libro casi consumido por las llamas, es lo que se ha encontrado en el escritorio, que apenas ha sufrido la acción de aquella.
La casa de que hablamos no hace mucho, (próximamente un mes) que fue asegurada en la compañía de que es agente en esta el Sr. Perea y Muñoz, en la cantidad de 20.000 pesos.
De las averiguaciones hechas, parece vislumbrarse un algo que no es estraño al aseguramiento de la casa, en la Compañía citada, dando esto lugar a varios y maliciosos comentarios.
El propietario de la casa encuéntrase detenido en el Dpto. Central de Policía, hasta tanto se hagan las aclaraciones correspondientes al asunto.” 

En otra dirección de los hechos vinculados a la vida diaria urbana se sitúa la conceptualización de la pobreza y de la mendicidad. Citamos antes un antecedente inmediato que se puede leer en el semanario La Carcajada de marzo de 1892, que expresaba la situación, pero ante todo repetía un juicio naturalizado en la opinión pública sobre la cuestión:
Abundancia de méndigos – La cosa ya pasa de castaño oscuro. Nuestras calles se ven atestadas de gente que pide limosna, medio muy cómodo que han descubierto muchos ociosos para pasar la vida. Sería conveniente que la autoridad tomara alguna medida al respecto para cortar este abuso, mandando a muchos de ellos a trabajar”. Por su parte, el Sol de Mayo de 1893 prolongaba la idea de la pobreza como un hecho ajeno a la estructura misma del sistema social, no como su consecuencia. El empleo de “certificados de pobreza” tuvo larga data, ya que se usó en otros países desde el siglo XVI como herramienta de control de los pobres. El vespertino que citamos encomiaba la iniciativa del Sr. Cordeiro, jefe de la policía cordobesa:
Buena medida – El nuevo Gefe de Policía Sr. Cordeiro acaba de dictar una medida acertada en relación a la mendicidad pública.
Sin trabar la legítima acción de los verdaderamente pobres incapacitados para demandar de la caridad pública el alivio de sus necesidades, único medio de que pueden valerse en su desgracia, reglamenta la mendicidad de manera que no abusen más los pilletes y esa runfla de ociosos que estafan la piedad pública y a los verdaderos pobres.
De hoy en adelante solo será permitida la mendicidad a los pobres verdaderamente tales, que lleven consigo el certificado que así lo acredite, otorgado por los Presidentes y las Presidentas de las Conferencias de S. Vicente de Paul.
Aplaudimos tan discreta como conveniente medida.” 

Por otra parte, advertía el Sol de Mayo sobre la proliferación de garitos en la ciudad:
Casas de juego – La incuria y complicidad de nuestras autoridades pasadas ha sido una de las causas que más han influido para el desarrollo extraordinario que han alcanzado entre nosotros ciertos vicios que debían desaparecer cuanto antes en obsequio a la cultura y moralidad públicas.
Actualmente existen numerosas casas establecidas exclusivamente para los que ejercen el juego como un oficio para ganarse la subsistencia.
La autoridad correspondiente debe tomar las medidas del caso para hacerlas desaparecer.”

Una última cita refiere el incordio de los baldazos que podían salir por ventanas de un primer piso:
Aguas servidas – Entendemos que la autoridad respectiva prohíbe terminantemente, por medio de ordenanzas discretas, arrojar aguas servidas a la calle.
Sin embargo, en muchas casas, especialmente en algunas de altos, no se tiene en cuenta esa disposición; y el transeúnte, cuando menos lo piensa, paga con su traje o su sombrero, el delito de querer transitar con libertad.
La Intendencia municipal está en el deber de aplicar el castigo a que se hacen merecedores los propietarios o inquilinos de las casas a que hacemos referencia.”

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