Jubilados: cómo serán las subas con las nuevas modificaciones

Hasta marzo se aplicará la fórmula de movilidad y desde abril, los incrementos seguirán la inflación de Indec. No hay cambios es en el segmento referido a que el Fondo de Sustentabilidad de Anses, que el Ejecutivo impulsa que pase a manos del Tesoro.

Nacional23 de enero de 2024Redacción AlfilRedacción Alfil
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El presidente Javier Milei, entre los cambios introducidos al proyecto de ley ómnibus que analiza el Congreso, plantea que la fórmula de movilidad jubilatoria seguirá hasta el aumento de marzo y, después, los haberes se ajustarán por el índice de precios al consumidor (IPC). Según consta en el apartado de las 120 páginas que ayer a recibieron los diputados, “el Gobierno va a cumplir con el ajuste trimestral que les corresponde a todos los jubilados en marzo respetando la fórmula actual. A partir de abril, comienza una actualización automática por inflación mensual en base al último dato de inflación disponible del Indec. Así se les garantiza a los jubilados que mantengan su poder adquisitivo”.

En donde no hay cambios es en el segmento referido a que el Fondo de Sustentabilidad de Anses, que el Ejecutivo impulsa que pase a manos del Tesoro, aspecto que es rechazado por la oposición “dialoguista” y en particular por los legisladores de Córdoba.

 “En marzo de 2024, se realizará el ajuste trimestral de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N 24.241 en base al índice de movilidad dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 24.241. A partir de abril de 2024, el índice de movilidad se obtendrá mensualmente conforme al último dato de inflación mensual disponible al momento de comenzar el ciclo de pago de cada mes”, señala el texto.

Y agrega que la inflación se definirá como la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor Nacional publicado por el Indec. En el artículo 106 indica que “sustitúyase, a partir del 1° de abril de 2024, el artículo 32 de la Ley N° 24.241, el que quedará redactado como sigue: “Artículo 32. Movilidad de las prestaciones. Las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la presente serán móviles”.

 “El índice de movilidad se obtendrá mensualmente conforme al último dato de inflación mensual disponible al momento de comenzar el ciclo de pago de cada mes. La inflación se definirá como la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor Nacional publicado por el Indec. En ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario o la beneficiaria. La primera actualización sobre la base de la movilidad dispuesta en este artículo se hará efectiva a partir del 1° de abril de 2024”, precisa.

En su habitual conferencia de prensa, el vocero presidencia Manuel Adorn. también se refirió al tema y reafirmó que habrá un bono en febrero, tras el plus de $55.000 que se abonó en enero, aunque todavía no se conozca de cuánto será: “Ya habíamos hablado de un bono para enero y para febrero. La fórmula de movilidad ha sido dañina para los jubilados, de hecho hace tiempo que no se respeta, donde se los tiene que compensar a los jubilados con un bono”.

“Está claro que la fórmula no solo no ha servido para que el jubilado mantenga su poder adquisitivo, siempre se lo ha tenido que compensar con un bono”, agregó.

En el texto original enviado en diciembre al Congreso Nacional, se disponía, entre otros puntos, la suspensión de la actual fórmula de movilidad que actualiza las jubilaciones y otras prestaciones sociales cada tres meses. Según la norma, el Poder Ejecutivo podría realizar aumentos por decreto hasta que se establezca un nuevo mecanismo de revisión automática. La medida resultaba clave para el ajuste fiscal que encarará el ministro de Economía, Luis Caputo, como punto de partida para “desindexar” el componente más sustancioso del gasto público.

Hasta la actualidad, los ajustes de haberes se otorgan en un porcentaje de incremento trimestral, determinado por la variación de un índice que surge de sumar 50% del aumento trimestral de la recaudación de la Anses por beneficiario y 50% de la variación de los salarios. Para este último eje, se toma el mayor valor entre el Ripte (Remuneración Imponible para el Trabajador Estable) y el índice general de salarios del Indec. Si consigue la sanción en el Congreso, Milei podrá otorgarlos por decreto.

Llega ganancias al Congreso

El pragmatismo parece haberse impuesto anoche y hoy el Poder Ejecutivo enviará un proyecto que cambia el piso del impuesto a las Ganancias que ahora pasará a llamarse Ingresos Personales. El mínimo no imponible será de 1.350.000 pesos de salario bruto y una actualización trimestral de las escalas por el índice de precios del consumidor (IPC). Es un  reclamo que vienen haciendo los gobernadores ya que se trata de un impuesto coparticipable.

El proyecto “delegará» al Poder Ejecutivo las facultades para modificar los montos de las escalas. Las primeras estimaciones indican que unos 800.000 trabajadores en relación de dependencia pasarán a pagar el impuesto a las Ganancias si el Congreso aprueba la iniciativa. De acuerdo a los voceros oficiales, con este esquema se retrotrae el gravamen “a septiembre de 2023, con montos actualizados”.

El envío de la iniciativa al Congreso se da cuando se negocia la aprobación final del texto sobre la ley ómnibus, en la que el apoyo de los mandatarios provinciales, a través de sus representantes en el Parlamento, es central para las aspiraciones de la administración de Javier Milei con ese paquete de leyes como eslabón central.

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