Tasas municipales sobre el comercio: Córdoba en la parte superior de la tabla

Es el resultado de un estudio realizado por la Cámara Argentina de Comercio. En la ciudad de Córdoba la alícuota máxima es de 0,95% para el sector mayorista y de 1,13% para el minorista, mientras que en Río Cuarto es de 0,78% y 4,42%, respectivamente.

Nacional21 de marzo de 2024Redacción AlfilRedacción Alfil
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“El ingenio para recaudar y gastar no tiene límites. Los gobernantes no asumen la realidad de que hay que pagar costos políticos para realizar los cambios que este país necesita. Extreman su imaginación para ver de dónde sacan recursos y el único lugar es el sector privado que no da más”, dice Mario Grinman, presidente de la Cámara Argentina de Comercio (CAC) al presentar el Mapa Tributario Municipal sobre el comercio mayorista y minorista realizado por la entidad en el que se analizan 30 municipios del país entre 2010 y 2023.

Añadió: “Queremos que las provincias y los municipios dejen de gastar lo que no se tiene, porque al sector privado no se lo puede seguir exprimiendo”. El estudio destaca que la disparidad en las formas de gravar, que se manifiesta al comparar entre municipios elementos tributarios tales como bases imponibles, alícuotas generales y específicas, montos mínimos y/o fijos, sobretasas, implica un elevado costo de administración y gestión para las empresas, especialmente aquellas que operan en múltiples localidades del país.

En la ciudad de Córdoba la alícuota máxima es de 0,95% para el sector mayorista y de 1,13% para el minorista, mientras que en Río Cuarto es de 0,78% y 4,42%, respectivamente. Mientras que los números están en la mitad superior de la tabla general en los tres primeros casos, la ríocuartense minorista en la más alta del país.

A nivel nacional, para el comercio mayorista el promedio de la alícuota es de 0,71%, mientras que en las ciudades que gravan con un monto fijo es de 0,17%. En 17 de las 30 ciudades analizadas, se presenta una carga general, mientras que en las 13 restantes lo son por rubros. el caso del minorista, es de 0,70% y 0,14%, respectivamente.

Por ejemplo, en el ranking municipal de carga tributaria sobre el comercio mayorista en porcentaje sobre las ventas totales netas de IVA del año pasado, en venta de alimentos en establecimientos grandes, Córdoba ocupa el sector lugar con 0,945%. El primero es para Santa Fe con 1,800% y el segundo para Resistencia, con 1,008%. En el caso de bebidas, Córdoba queda octava -con el mismo peso tributario- porque otras jurisdicciones tienen cargas más elevadas: el podio es para Santa Fe, Paraná y Quilmes.

“Existe claramente un exceso del gasto público que no corresponde a la prestación de estos servicios. La tasa responde a un servicio y tiene que tener una determinada relación con el costo. Esto es lo que no ocurre en los municipios y se puede ver en distintos grados”, resaltó Edgardo Phielipp, tesorero de la CAC, quien sostuvo que una de las consecuencias es la informalidad: “Pasa cuando la presión fiscal excede las posibilidades de rentabilidad de una empresa”.

Daniel Calzetta, presidente de la comisión de Asuntos Impositivos, presentó los principales datos que arrojó el estudio: “El porqué de este informe es documentar algo que es una sensación que tenemos todos, que la tributación municipal es creciente y cada vez toma la forma de impuestos encubiertos antes que verdaderas tasas. La posición de la Cámara es que la tributación se tiene que reducir. El ajuste de los municipios no tiene que hacerse en base a incrementar tasas y crear impuestos que solo complican la actividad económica y el comercio”.

Asimismo, hizo hincapié en una de los puntos más notorios del análisis: “En los últimos años la tributación sobre el sector mayorista ha crecido más que aquella sobre el sector minorista, lo que aumenta el efecto de piramidación que tiene este tipo de impuestos. Una manera de atenuar este efecto es gravar menos a las etapas iniciales del proceso”.

El estudio evidencia un aumento significativo en la carga tributaria ejercida por los municipios a través de la tasa sobre el sector comercial, con un aumento promedio del orden del 19,3% para los municipios que gravan el tributo mediante alícuota y del 125% para aquellos municipios que gravan mediante un monto fijo.

Con el relevamiento, la CAC solicita, entre otros puntos, que se evite la imposición sobre las ventas por transformar a la tasa en un verdadero impuesto y que las tasas municipales se adecuen a los principios constitucionales y legales (ley de coparticipación federal de impuestos y otras normas).

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