Pacto fiscal con provincias: porqué no discutir regímenes especiales

La estimación del gasto tributario es del 2,08% del presupuesto. Hay componentes como reducciones del IVA o la promoción de Tierra del Fuego. Al avanzar para el Pacto de Mayo, deberían debatirse

Provincial 08 de abril de 2024 Redacción Alfil Redacción Alfil
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La pulseada entre la Casa Rosada y los gobernadores para avanzar en los diferentes aspectos que hacen al Pacto de Mayo es por fondos. Uno de los puntos claves es el fiscal. Un estudio privado señala que eliminar los regímenes especiales ayudaría a cumplir la meta de terminar con el déficit  del país y, seguramente colaboraría también a aligerar el ajuste en otros ámbitos.

La estimación total de gasto tributario incluida en el proyecto de presupuesto para este año -elaborado por el exministro y candidato Sergio Massa, que no se trató- es de 2,08% del PIB. En ese total hay un componente general, derivado de disposiciones contenidas en las leyes impositivas (ejemplo las exenciones) que representa casi 71% del total y otro particular, derivado de regímenes de promoción económica, que explica el resto.

El Iaraf que dirige Nadín Argañaraz señala que ciertos elementos tienen un impacto más significativo en términos en el PIB que otros. La mayor participación la ostenta "Otras exenciones del IVA", representando el 21% del gasto tributario total. Le sigue la "Reducción del IVA a productos primarios", con el 19%, y el régimen de promoción de Tierra del Fuego, con el 16%. El restante 44% se distribuye entre el resto de los diversos componentes. Del global, el 56% del esfuerzo lo hace Nación y el resto, provincias.

Argañaraz menciona que para la eliminación del déficit, la Nación plantea que 60% de los recursos vendrían vía menor gasto y el 40% restante vía mayores ingresos. En el primer segmento, un elemento es la reducción de las transferencias no automáticas enviadas a las provincias. En efecto, la reducción prevista originalmente equivalía a 0,72% del PIB, 0,5% del PIB de transferencias corrientes y 0,22% del PIB de transferencias de capital. Es decir, 14,5% de los recursos necesarios para terminar con el rojo fiscal provendría de esa línea.

“La discusión del gasto tributario parece oportuna, ya que existe la posibilidad de que exenciones impositivas que se hayan legislado por las externalidades derivadas de ciertas actividades sean sustituidas por un esquema de subsidios a la demanda. Que se elimine el gasto tributario no implica que no se subsidie una determinada actividad”, detalla el Iaraf y apunta que cortar con parte del gasto tributario puede brindar recursos tanto a la Nación como a las provincias. Si se supone que esos recursos pueden totalizar el equivalente a 2,08% del PIB, los incrementos de recaudación para Nación serían equivalentes a 1,24% del PIB y para provincias al 0,84% del PIB.

Cómo se compone

La lupa sobre los diversos ítems revela que, en lo que respecta al IVA, las alícuotas reducidas de productos primarios, 0.4 puntos porcentuales del PBI, exención a las prestaciones médicas (0,07 p.p.), alícuota reducida de la construcción de viviendas (0,15 p.p.) y exención de los servicios educativos (0,11 p.p.).

Con un valor de 0,44 puntos porcentuales del PIB, se encuentra la exención para medicamentos de uso humano, libros, diarios y revistas y la alícuota reducida a la medicina prepaga y a los productos de panadería.  La menor significación están las exenciones a intereses por préstamos de bancos oficiales y para vivienda y venta de leche fluida.

Haciendo foco en el impuesto a las ganancias, la totalidad del gasto tributario obedece a exenciones establecidas legalmente, siendo las más significativas: exención a asociaciones y fundaciones: 0,07 puntos porcentuales del PIB; impuesto a los combustibles por la diferencia de alícuotas aplicadas a naftas y gasoil y de la exención que tiene el sur del país (0,08 puntos porcentuales del PIB).

En materia de seguridad social, la reducción de contribuciones patronales por zonas geográficas (decreto 814) representa 0,08 puntos porcentuales del PIB.  La exención a los depósitos en el impuesto a los bienes personales representa 0,03 puntos porcentuales del PBI.

En materia de gasto tributario originado en regímenes de promoción económica deben destacarse la promoción económica de Tierra del Fuego, que es largamente el más significativo (0,33 puntos porcentuales del PBI). Este régimen está basado en excepciones al IVA, impuesto a las ganancias, derechos de importación y alícuotas reducidas de impuestos internos a productos electrónicos.

El régimen que permite a las micro y pequeñas empresas computar a cuenta el 100% del impuesto al cheque, que representa 0,15 puntos porcentuales del PBI. La promoción a la actividad minera, el régimen de promoción a la economía del conocimiento y el régimen de biocombustibles implican entre 0,3 y 0,4 puntos porcentuales del PBI.

Con valores de entre 0,1 y 0,2 puntos porcentuales del PBI se encuentran los regímenes de promoción industrial de los decretos 2054/92, 804/96 1553/98 y 2334/06 (en su conjunto), el reintegro a los bienes de capital, la promoción a las Sociedades de garantía recíproca (SGR), el régimen de fomento al uso de energías renovables y el régimen de autopartismo.

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