Nuevos recortes de los días de papel Córdoba, 1906

Un breve horizonte de notas orientadas al lado sombrío del diario trajín, permite revisar ciertas condiciones de la violencia y algunos matices de la tragedia, a comienzos del siglo XX.

Cultura 08 de noviembre de 2023 Víctor Ramés Víctor Ramés
El soldado Frías frente al peloton - Caras y Caretas 1906
Fusilamiento del soldado Frías, febrero de 1906 - "Caras y Caretas"

Por Víctor Ramés
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El primer apunte de este recorte se refiere a la generalizada portación de armas blancas por parte de la población, inercia de una tradición del facón que era como una prenda de la indumentaria masculina. Su uso desoía la ley y era causa de muertes evitables. Lo señalaba La Voz del Interior del 1° de abril de 1906. 
“Las armas prohibidas
Comprendemos que los vecinos de los pueblos de la provincia, los propietarios de las estancias estén armados hasta los dientes durante las largas noches en que las vidas y los intereses están a merced de los facinerosos; pero no acertamos a comprender por qué, en pleno día, cada hombre representa un arsenal, haciendo gala en las calles y en presencia de las mismas autoridades, de armas criminales como el facón y el puñal, que son prohibidos terminantemente por la ley.
Esos terribles asesinatos cometidos con refinada alevosía y cruel ensañamiento, se perpetran generalmente por causas nimias, por simples discusiones, inspirados casi siempre por el alcohol, y más de las dos terceras partes de esos dramas sangrientos, se evitarían si las autoridades fueran inflexibles, castigando inexorablemente como ordena la ley, a todos los que van provistos de esas armas exponiéndolas a la vista de todos los hombres de bien.
Denunciamos este mal a las autoridades de los pueblos de la provincia, y como el remedio es tan fácil, esperamos que, en nombre de la sociedad obrarán con energía arrebatando las armas prohibidas y aplicando a sus poseedores la multa que indica la ley policial.”

Un aspecto institucionalizado de la crueldad estaba referido a un tema de frecuente noticia y debate en la prensa de 1906: los castigos a soldados por sus superiores en el ejército, la violencia que esto desataba, y que conducía al corolario de condenas a fusilamientos cuyos casos se multiplicaban enlutando la vida social. Con diferencias de semanas, los diarios hacían circular los nombres del soldado Frías, fusilado el 22 de febrero, y los del conscripto Arancibia y el soldado Ureña, que esperaban ver conmutada su pena. La Voz del Interior publicaba en abril la siguiente reflexión:
Los castigos corporales en el ejército
No hace mucho tiempo el pueblo todo de la república se sintió intensamente conmovido ante el fusilamiento de uno de los soldados de nuestro ejército condenado a última pena por actos de rebelión contra sus superiores.
El caso fue tratado por el consejo de guerra con toda la severidad é inflexibilidad que imponen las leyes militares, y el vice presidente de la república, en ese tiempo en ejercicio del poder ejecutivo, colocó el cúmplase la sentencia condenatoria. Nada valió aquí el clamor popular que esta resolución neroniana levantó, y la sentencia se consumó en presencia de un numeroso pueblo conmovido.
El caso del soldado Frías que se insubordinó dando muerte al sargento Coronel, es desgraciadamente un hecho que empieza o que tiende a hacerse común en nuestro ejército debido a la manera como se aplican las leyes disciplinarlas que rigen su organización; las cuales han adquirido en estos últimos tempos una fama triste y desconsoladora que arroja sombras sobre los jefes y oficiales encargados de trasmitir instrucción militar a los ciudadanos de la nación. 
Las causas que motivan las insubordinaciones son casi del dominio público. Para nadie es un misterio el proceder inhumano que adoptan los oficiales y jefes superiores con todos los soldados a sus órdenes; se les trata como seres salvajes, como a bestias con las cuales no debe tenerse ninguna consideración; se les sacrifica imponiéndoles tareas ajenas al deber patriótico que los llevó a las filas; se les humilla rebajando a extremos inconcebibles su condición de seres conscientes de hombres pertenecientes a una sociedad de la que jefes y oficiales forman parte; y cuando hay alguna voluntad que no acepta estas imposiciones deprimentes se recurre al castigo corporal para hacer cumplir lo que se manda; castigos que solo consiguen enconar la ira en el espíritu del soldado, alimentar odios profundos en contra de los que usan tales procedimientos disciplinarios, y que generalmente terminan en escenas trágicas y sangrientas.
Las prácticas abominables de los castigos corporales se ensayan con más frecuencia en los hombres del pueblo que no tienen derecho o que no deben, según creen los superiores, quejarse de los tratamientos inhumanos. Y cuando los odios se fijan en la mente de esos infelices y fieles servidores de la patria, con caracteres de obsesión y estallan, entonces creen que sus actos son productos híbridos de espíritus desequilibrados y los censuran llegando a veces a encontrar justas las sentencias impuestas por los consejos militares.”

Por su parte La Patria, también a comienzos de abril, refería la espera del soldado Ureña, condenado a enfrentar el pelotón. Y asimismo refería, el mismo periódico, la noticia del indulto del conscripto Arancibia, que había dado muerte a un capitán en la guarnición de Río Cuarto:
“El conscripto Arancibia 
CONMUTACIÓN DE LA PENA DE MUERTE
El noble sentimiento de conmiseración del pueblo argentino, exteriorizado elocuentemente con motivo del desastroso final que se preparaba a la tragedia de Rio Cuarto, ha sido ampliamente satisfecho por el presidente de la república doctor José Figueroa Alcorta. La noticia recibida hoy de que este digno magistrado había concedido gracia al conscripto Angelino Arancibia, a quién los altos tribunales del ejército nacional condenaron a la última pena, como matador del capitán Alejandro Méndez, ha causado la más grata impresión de júbilo en todas partes, manifestándose en espontáneas aclamaciones al primer magistrado de la nación. El conscripto Arancibia, por su estado de ostensible desequilibrio mental, se ha librado del castigo que las severas leyes militares y la vindicta pública le deparaban, como autor de un delito cuya propagación sería la ruina de las instituciones fundamentales de cualquier país civilizado.”

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