Las claves de la libre elección de la cobertura de salud

No alcanza a los afiliados del PAMI ni a los de obras sociales provinciales, como el Apross. Los precios de los planes de salud del sector privado están liberados; tampoco se intervendrá en la fijación de aranceles mínimos obligatorios para los prestadores.

Provincial 22 de febrero de 2024 Redacción Alfil Redacción Alfil
2024-02-21-economia

 Catorce millones de trabajadores en relación de dependencia y cinco millones de personas del denominado “sistema general” podrán elegir obra social o prepaga desde el próximo 1 de marzo por el decreto publicado por el gobierno de Javier Milei que desregula el esquema. La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) es la autoridad de aplicación: el cambio es efectivo a partir del primer día del mes siguiente a la presentación de la solicitud.

La desregulación no implica cambios para los jubilados que están en el PAMI; sí podrán elegir los que están en obras sociales sindicales. Respecto de las obras sociales provinciales, como el Apross, no están alcanzadas por la medida.

“El plazo mínimo de permanencia no resultará aplicable para aquellos beneficiarios que, encontrándose afiliados a un Agente del Seguro de Salud, hayan elegido a una Entidad de Medicina Prepaga como prestadora de su cobertura médica y esta se encuentre inscripta en los Registros establecidos en el inciso b) del artículo 5° de la Ley Nº 26.682 y en el artículo 6° de la Ley Nº 23.660. En este último supuesto podrán ejercer el derecho a la libre elección hacia esa misma Entidad de Medicina Prepaga”, indica el decreto.

La desregulación de las obras sociales ya estaba en el DNU 70/23, mientras que el nuevo reglamenta el proceso. Las claves son: los beneficiarios podrán elegir libremente entre obras sociales y prepagas; ya no deberán permanecer obligatoriamente un año en la obra social de su actividad al ingresar a un nuevo empleo; podrán optar entre una obra social o prepaga -que se registre para tal fin- al comenzar un nuevo empleo, sin ningún tipo de intermediación. El derecho a elegir se podrá ejercer una vez al año, en cualquier momento desde el inicio de la relación laboral. Además, las prepagas están obligadas a aportar al Fondo Solidario de Redistribución por el total de la cuota que reciben (aproximadamente un 20%).

La SSS es la responsable de motorizar los cambios, supervisar los aportes y contribuciones a las obras sociales y prepagas. El dinero va directamente desde la AFIP, a través de la declaración jurada de los empleadores o del pago directo del monotributista, directo a las obras sociales sindicales, menos lo que se envía al Fondo Solidario de Redistribución que se conforma con el 10% monotributistas, 15% obras sociales Sindicales y 20% en el caso de las empresas de medicina prepagas.

Quienes se encuentren en el sistema de salud privada continuarán acogiéndose a los contratos vigentes. No obstante, todos podrán optar entre obras sociales o prepagas dentro de los marcos de la reglamentación.

La SSS carecerá de autoridad para establecer los precios de las cuotas. Si una compañía de medicina prepaga llegase a declararse en quiebra, suspender sus operaciones o cerrar, la autoridad de aplicación no transferirá la cobertura de salud con sus afiliados a otros prestadores. No se establecerán tarifas mínimas obligatorias para los servicios ofrecidos por instituciones sanitarias públicas y privadas, y no habrá intervención en los acuerdos contractuales entre las empresas de medicina prepaga y sus proveedores de servicios.

Ya existió y se eliminó

La libre opción entre obras sociales fue dispuesta tres décadas atrás, durante el gobierno de Carlos Menem. En 1998, un decreto estableció la obligatoriedad de permanecer al menos un año, desde el inicio de una relación laboral, en la obra social de la actividad vinculada al empleo. En 2001, otra medida del Poder Ejecutivo amplió el derecho a la opción y quitó ese requisito de permanencia inicial.

Pero en 2021, el entonces presidente Alberto Fernández lo repuso. Todo ello, de todas formas, siempre fue sin que se permitiera la competencia directa de las prepagas, que sí comenzaron décadas atrás a “captar” aportes de trabajadores, pero no de manera directa, sino a través de contratos firmados con obras sociales, algo que agrega costos al sistema sin contribuir con más o mejores prestaciones para los usuarios.

 

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