
El blindaje tributario de Passerini, en la probeta de la oposición
Felipe Osman
El fallo “Banco Galicia contra Córdoba” dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 10 de septiembre echó a correr una cuenta regresiva en el Palacio 6 de Julio.
En él, la Corte repitió lo que ya venía diciendo en casos anteriores: los municipios no pueden cobrar una tasa -en este caso, de Comercio e Industria- si no demuestran que ofrecen un servicio directo y específico al comerciante en cuestión como contraprestación. No alcanza con que el municipio use esos fondos para financiar servicios generales que benefician a todos los vecinos por igual (como arreglar calles o iluminar plazas); para cobrar una tasa, tiene que realizar una tarea concreta que aluda directamente al negocio que está pagando.
Luego, precisando las condiciones de esa vinculación, aclaró que es necesaria, por un lado, una determinación normativa que identifique con precisión los servicios que justifican el pago; y por otro, la acreditación de la prestación, por parte del municipio, cuando el contribuyente niega la existencia del servicio. Es decir, la inversión de la carga de la prueba por encima de la presunción de legitimidad de los actos de gobierno.
Hechas estas aclaraciones, la Corte revocó el fallo que el TSJ había dictado a favor de la Municipalidad de Córdoba, pero no resolvió sobre el fondo del caso, sino que ordenó remitir la causa otra vez al TSJ para que éste falle nuevamente, ajustándose a lo establecido.
La urgencia del Ejecutivo en modificar la Ordenanza Tributaria tiene entonces una razón de ser clara: amoldarla a los nuevos estándares fijados por la Corte para contener el avance de las denuncias de contribuyentes ante la Comisión Federal de Impuestos, organismo creado por la Ley de Coparticipación y encargado de evitar la superposición de tributos, capaz de vehiculizar reclamos individuales.
Mientras la redacción actual establece el cobro del tributo por el ejercicio de actividades económicas y lo justifica en servicios municipales genéricos, la nueva versión identifica doce tipos de servicios concretos -como habilitaciones, inspecciones, controles sanitarios, ambientales y de seguridad- y establece que su prestación constituye el hecho imponible. Sin embargo, también toma la precaución de permitir el cobro de la tasa sin realizar actuaciones individualizadas sobre cada contribuyente en cada período fiscal, siempre que se trate de “servicios permanentes efectivamente organizados y disponibles”, una disposición cuya aplicación podría generar nuevos cuestionamientos judiciales.
Hecha esta forzosa introducción técnica, podemos ahora preguntarnos: ¿qué hará la oposición con el proyecto de Passerini?
En principio, los bloques de la UCR y el Frente Cívico aún no han oficializado una posición, pero hay algunas pistas.
Córdoba no es, ni de lejos, el único municipio al que condiciona el fallo “Galicia”. Muchos otros municipios deberán encarar los mismos retoques legislativos que impulsa el intendente de Córdoba. Y esto puede oponer cierta inercia a los movimientos de los concejales radicales, que pueden quedar descalzados en relación a lo que hagan los intendentes boina blanca. El Frente Cívico, ayuno de intendentes, no tiene estas complicaciones.
En cualquier caso, no todos los concejales del radicalismo se sienten atados. Algunos insisten en que el oficialismo tiene la cláusula de gobernabilidad para aprobar la reforma sin aquiescencia de la oposición, y que, en realidad, lo que debe haber no es una modificación legislativa para burlar la limitación de la doble imposición o sortear los límites constitucionales y legales al cobro de tasas municipales, sino una reforma estructural del municipio que le permita desenvolverse con menos recursos.
Es, va de suyo, una posición extrema. La tasa de Comercio e Industria representa cerca del 70 por ciento de los ingresos de la ciudad, y cuesta imaginar qué clase de reformas serían necesarias para renunciar a ella.
En el juecismo, en tanto, no imaginan esa posibilidad, pero no parecen dispuestos a respaldar sin antes, cuanto menos, recordar al oficialismo el déficit de acceso a la información de gobierno, la lentitud con la que se envían al Concejo las cuentas de inversión de los años previos, el crecimiento de los planteles municipales, el pago de alquileres y un extenso etcétera que de seguro repasarán en las dos sesiones que el oficialismo deberá atravesar para aprobar las modificaciones, que demandarán doble lectura y audiencia pública en el medio si son reputadas como la creación o aumento de un tributo, pero que podrían resolverse en una única votación si el PJ ve en ellas una mera modificación.


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